Escriba su Reseña

¿Cuál Puede ser su Cuota de Alimentos Según sus Ingresos?

Noviembre 27, 2018

583
Facebook Twitter LinkedIn Google+ Pinterest WhatsApp
Copiar Enlace Tu navegador no soporta copiado automático, por favor selecciona y copia el enlace en la caja de texto, luego pégalo donde necesites.

Cuota de Alimentos Según sus IngresosCuando se trata de una separación entre dos personas y se encuentra involucrado uno o más menores de edad; la responsabilidad de los padres es evitar el sufrimiento de los niños o adolescentes, y defender sus derechos. Con esto, nos referimos a las necesidades primordiales para cumplir con los deberes como padres.

En este artículo estaremos hablando sobre la cuota de alimentos, lo primero que deben hacer es buscar una firma de abogados de familia en Bogotá para entender el asunto de cuál puede ser su cuota de alimentos según sus ingresos. Este es uno de los asuntos más importantes, acompañado de la educación y las necesidades primarias de todo ser humano.

¿Qué es la Cuota de Alimentos?


El artículo 24 de la Ley 1098 de 2006 establece "Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a los alimentos y demás medios para su desarrollo físico, psicológico, espiritual, moral, cultural y social, de acuerdo con la capacidad económica del alimentante".

Con respecto a la alimentación, el mismo artículo señala "Se entiende por alimento todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, recreación, educación o instrucción y, en general, todo lo que es necesario para el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes. Los alimentos comprenden la obligación de proporcionar a la madre los gastos de embarazo y parto".

Le Explicamos de que se Trata la Cuota de Alimentos en ColombiaComo abogados de familia en Bogotá, le detallaremos cómo se fija la cuota alimentaria en Colombia, basándonos en lo señalado en el Código de la Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006).

Si desea conocer los documentos exigidos por la ley, en nuestro país, debe dirigirse al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). La entidad es la encargada de velar por todos los derechos de los pequeños de la casa, en especial, cuando sus padres se han separado; además, el Instituto se asegura del cumplimiento de las reglas por parte de los progenitores.

Si usted no comprende muy bien de qué se trata el proceso o prefiere que un profesional del derecho lo ayude a canalizar todos los trámites, buscar la asesoría de abogados de familias es su mejor alternativa. Los especialistas lo ayudarán desde el inicio hasta el final del proceso legal para que tenga buenos resultados y usted, como padre, cumpla con la ley y con el compromiso con sus hijos.

Según la ICBF los requisitos para Fijar la cuota de alimentos pueden presentarlos los padres, representantes legales, parientes o la persona responsable del cuidado del niño o adolescente. En el caso de tratarse de una embarazada que quiera fijar la cuota alimentaria de su hijo porque se separó de su pareja, también lo puede hacer de común acuerdo con el padre o mediante un juez de familia.

¿Cuánto es la cuota alimentaria para un hijo?


Hay muchos detalles que se toman en cuenta para fijar el monto. Para determinarlo, en nuestra firma de abogados de familias estudiamos el caso, analizamos las necesidades del menor de edad, los ingresos de los padres, las deducciones de las obligaciones de cada uno y todos los detalles pertinentes para que la calidad de vida del niño sea óptima. Cuando el caso es llevado ante un juez, será la máxima autoridad quien fijará la cuota alimentaria del niño o adolescente.

Existe un Monto Mínimo de la Cuota Alimentaria para un HijoHoy en día se está analizando la posibilidad de que exista un monto mínimo de la cuota de alimentos para los menores de edad el cual estaría establecido por $260.000 (Doscientos sesenta mil pesos), por otro lado una vez establecida la cuota por el juez de familia, es importante que el obligado pague ese monto exacto para el niño, de incurrir en inasistencia de la cuota alimentaria puede incurrir en un delito penal.

Como abogados de familias dispuestos a ayudarle con cualquier inconveniente legal que usted tenga, no dude en comunicarse a nuestro despacho a través del 310 5706331 o deje un mensaje en el formulario de contacto o ubicado en Jurídicos Familia. Con nuestros profesionales calificados, conocerá cómo se fija la cuota alimentaria para su hijo y, además, recibirá la asesoría legal requerida para que cada trámite sea realizado en concordancia con las leyes colombianas. ¡Estaremos felices de atenderlo!

Si este artículo le pareció útil, háganoslo saber en la sección de comentarios abajo. ¿Quiere que escribamos sobre otro tema de derecho? Denos "me gusta" y síganos en Facebook como JuridicosFamilia.

El enlace ha sido copiado al portapapeles.
583
Facebook Twitter LinkedIn Google+ Pinterest WhatsApp
Copiar Enlace Tu navegador no soporta copiado automático, por favor selecciona y copia el enlace en la caja de texto, luego pégalo donde necesites.

Categorias: Cuota Alimentaria

Escribe tu comentario
0 Comentarios
Imagen del Agente del Chat
John
Agente en Línea
Chatea ahora
Escríbenos al Whatsapp