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Sucesión en Colombia

Sucesión en Colombia, especialistas en derecho de familia en Colombia

¿Cuáles Definiciones son Importantes en Caso de Sucesión en Colombia?

Testamento, según el Art. 1055 el testamento, está definido como un acto más o menos solemne, en que una persona dispone del todo o de una parte de sus bienes para que tenga pleno efecto después de sus días, conservando la facultad de revocar las disposiciones contenidas en él mientras viva. Dicho acto es un documento que debe estar notariado mediante escritura pública. Las definiciones importantes sobre sucesión en Colombia son:
  • Herencia, consiste en todos los activos y pasivos que conforman la masa patrimonial de una persona que fallece.
  • Sucesión, dicha palabra viene del término suceder "venir después del otro". Es decir, es el proceso que se realiza para legitimar el traspaso de la propiedad de los bienes del causante para que pasen a cabeza de los herederos o legatarios.
  • Testamento, es importante destacar que las asignaciones de una herencia se pueden hacer a título universal (que se llaman herencias) o a título singular (que se les llama legados). El asignatario de herencia se llama heredero, y el asignatario de legado, legatario.
  • Título universal, es cuando toda la masa patrimonial del causante se suma y se divide por porcentaje lo que le corresponde a cada heredero.
  • Título singular, es cuando el causante para este caso dejó un testamento asignando cada bien a un legatario específico.

¿Cuáles son los Tipos de Sucesión en Colombia?

Sabiendo la información anterior, los tipos de sucesión en Colombia más comunes son:
  • Testada, sucesión donde el causante dejó por escrito un testamento previo.
  • Intestada, sucesión donde no hay un testamento específico.

¿Qué es el Orden Sucesoral en Colombia?

El orden de sucesión en Colombia, no es más que el orden en que se debe suceder una herencia, dicho orden, está establecido en los códigos Art. 1045 al Art. 1051 del Código Civil Colombiano, el cual establece el siguiente orden:
    1. Descendientes: hijos, legítimos, adoptivos, extramatrimoniales o nacidos de una unión marital.
    2. Ascendientes. padres y/o cónyuge.
    3. Hermanos y/o Cónyuge
    4. Hijos de Hermanos, es decir, sobrinos.
    5. ICBF: el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
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